La entrega del certificado digital o firma electrónica a un tercero puede provocar problemas de fraude.
Esta devolución de fondos se hará efectiva sólo a nombre de la persona que está presentando la Declaración de Renta. Para ello el interesado debe llenar el formulario 22 (F22) e ingresar datos personales, además de una cuenta en alguna entidad financiera para realizar el depósito del dinero. Sin embargo, este trámite puede verse alterado si es que un tercero interviene con el certificado digital o firma electrónica.
Pablo Mateluna, gerente general de EnterNet, empresa de desarrollo e implementación de soluciones en facturación electrónica, señala que la declaración anual de impuestos es una operación delicada que, en teoría, es personal, pero en la práctica es una actividad que se suele delegar al contador. “El problema es que con la masificación de la factura electrónica, la gente opera con Certificado de Identidad Digital (Firma Electrónica), el que es personal y faculta a las persona a hacer muchas cosas por Internet, en particular algunas cosas que requieren gran responsabilidad en la factura electrónica, como ceder facturas”, explica.
El problema de entregar este certificado digital radica que en que quien posea dicha firma puede modificar la declaración de impuestos y a hacer muchas cosas por Internet como si fuera el titular del certificado, en particular algunas cosas que requieren gran responsabilidad en la factura electrónica, como ceder facturas o sea hacer factoring.